¿Existe un número mínimo de FINE que el intermediario de crédito debe presentar a cada cliente? La respuesta breve es no: la legislación actualmente en vigor no establece una cuota general de dos, tres o cinco FINE por cliente.
La norma funciona de otra manera. Siempre que se realiza una simulación de crédito hipotecario o de otro crédito garantizado por un inmueble, el banco o, cuando intervenga en su presentación, el intermediario de crédito debe facilitar al cliente la correspondiente Ficha de Información Normalizada Europea (FINE). Si el banco aprueba el préstamo, debe entregar una nueva FINE con las condiciones aprobadas, acompañada del proyecto de contrato.
Esta distinción evita confundir el número de documentos con el número de propuestas o bancos consultados.
La obligación nace con la simulación
El artículo 13 del Decreto-Ley 74-A/2017 regula la información precontractual personalizada en el crédito relativo a inmuebles.
El diploma exige que las entidades prestamistas o los intermediarios de crédito faciliten al consumidor una ficha normalizada con la simulación de las condiciones del contrato. Esa información debe prestarse mediante la FINE.
El Portal del Cliente Bancario del Banco de Portugal resume la regla de forma directa: siempre que se realiza una simulación, la entidad de crédito o el intermediario debe facilitar una FINE basada en la información presentada por el cliente.
En la práctica:
- si el intermediario presenta una simulación, debe facilitar la FINE correspondiente;
- si se presentan nuevas simulaciones con condiciones diferentes, cada una debe ir acompañada de la información normalizada correspondiente;
- el número final de FINE depende de las simulaciones efectivamente presentadas, no de una cuota igual para todos los clientes.
Tras la aprobación, el deber corresponde al banco
Cuando se aprueba el préstamo, la ley atribuye expresamente la responsabilidad a la entidad de crédito. El banco debe entregar al cliente una nueva FINE con las condiciones aprobadas y el proyecto de contrato.
El banco queda vinculado a esas condiciones durante un plazo mínimo de 30 días. El cliente dispone además de un período mínimo de reflexión de siete días, durante el cual no puede aceptar la propuesta. El Banco de Portugal explica estas etapas en su página oficial Cómo contratar.
El intermediario puede acompañar la entrega y explicar el documento, pero la aprobación del crédito y la propuesta contractual final corresponden al banco.
Los tipos fijo, mixto y variable no significan tres bancos
Para el crédito destinado a la adquisición o construcción de vivienda habitual existe una exigencia adicional. La FINE debe incluir la simulación de las condiciones para las modalidades de tipo de interés fijo, mixto y variable. Después, el banco presenta la propuesta correspondiente a la modalidad elegida por el cliente.
Esta obligación, explicada por el Banco de Portugal en la página Tipos de interés del crédito hipotecario, compara modalidades de tipos. No obliga al intermediario a consultar tres bancos ni establece tres FINE separadas por cliente.
¿Y el número mínimo de propuestas?
La FINE y la propuesta de crédito no son conceptos equivalentes. La FINE es el documento normalizado que presenta las condiciones de una simulación o de una aprobación. La propuesta es la oferta contractual presentada al cliente.
El régimen jurídico de los intermediarios de crédito contiene una regla específica para los intermediarios no vinculados:
- deben presentar, con imparcialidad, un número de productos representativo del mercado o del tipo de crédito de que se trate;
- el contrato de intermediación celebrado con el consumidor debe indicar el número mínimo de propuestas que se presentarán.
Por tanto, la ley obliga a definir ese número en el contrato del intermediario no vinculado, pero no fija una cifra nacional de dos, tres o cinco propuestas. Tampoco convierte automáticamente ese número contractual en un mínimo de FINE aplicable a todos los intermediarios.
Qué debe registrarse en el expediente
Como práctica operativa, conviene que el expediente identifique claramente:
- la fecha de cada simulación;
- la entidad responsable;
- la modalidad de tipo de interés analizada;
- la versión de la FINE entregada al cliente;
- la FINE y el proyecto de contrato recibidos tras la aprobación.
Este registro no modifica el número exigido por la ley, pero ayuda a demostrar que la información fue facilitada y explicada en cada momento relevante.
Conclusión
No existe una regla general que obligue al intermediario de crédito a presentar un número mínimo fijo de FINE por cliente.
La regla correcta es: cada simulación presentada debe ir acompañada de la FINE correspondiente y, cuando se aprueba el crédito, el banco debe entregar una nueva FINE con las condiciones finales.
Si en el futuro se aprueba una modificación que establezca un número mínimo de propuestas, será necesario analizar el texto final para determinar a quién se aplica y cómo se articula con la FINE. Hasta entonces, no debe presentarse como obligación vigente una cifra que no consta en la legislación actual.
Fuentes oficiales
- Diario de la República de Portugal — Decreto-Ley 74-A/2017, artículo 13
- Diario de la República de Portugal — Decreto-Ley 81-C/2017, artículos 60 y 62
- Banco de Portugal — ¿Cuándo tengo derecho a recibir una FINE?
- Banco de Portugal — Cómo contratar un crédito hipotecario
- Banco de Portugal — Tipos de interés del crédito hipotecario
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